lunes, 8 de agosto de 2016

Contrataciones Publica



En la actualidad el instrumento legal que regula la contratación pública  en Venezuela es  la Ley de Contrataciones Públicas y anteriormente se encontraba regulado por la Ley de Licitaciones.

La Ley de Contrataciones Públicas se puede considerar como una normativa destinada, a regular toda la “contratación pública” es decir, toda la actividad contractual del Estado y, por tanto, los contratos del Estado o contratos públicos celebrados por las personas jurídicas estadales. Fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.895 de fecha 25 de marzo de 2008, reformada en  el  2009 y publicada en gaceta Nº 39.165 de fecha 24 de abril de 2009 y posteriormente en el 2010  y publicada en gaceta Nº 39.503 de fecha 06 de septiembre de 2010,    esta ley viene a derogar el Decreto Ley de Reforma Parcial de la Ley de Licitaciones Nº 1.555  y publicado  en la  gaceta Oficial Nº 5.556 de fecha: 13 de noviembre del 13/11/2001.  Es un instrumento jurídico el cual estaba  diseñado para regir, modernizar y agilizar los procedimientos  de selección de contratistas, llevados a cabo por los entes públicos.

La ley  de Contrataciones Públicas  no sólo regula los procedimientos para la selección de contratistas, sino que extiende sus objetivos hacia el fortalecimiento de la soberanía, el desarrollo de la capacidad productiva y la transparencia de actuación en materia de contrataciones públicas e igualmente viene a llenar el vacío que existía en cuanto a la contratación para la adquisición de bienes y servicios  (Artículos 103 y siguientes). Esta nueva ley se rige bajo los principios de planificación y promoción de la participación popular a través de cualquier forma asociativa de producción.

La  ley  de Contrataciones Públicas  sustituye a la de licitaciones y establece la reestructuración de los esquemas de las contrataciones públicas, los procedimientos de selección de contratistas y proveedores del Estado. Para la selección de contratistas, la nueva ley establece las modalidades de concurso abierto, cerrados y de consulta de precios, así como la contratación directa. La nueva ley reduce los lapsos para la preparación de ofertas  e incluye los consejos comunales a los procesos de adjudicación de la empresa y la controlaría social.

Dentro de las razones  que justificaron la necesidad  de  creación de estas leyes están: La ley de Contrataciones Públicas

  • Crear reglas transparentes que promuevan la capacidad productiva con responsabilidad social.
  • Dar agilidad a los procesos  de contratación y promover el desarrollo de las actividades sociales.
  • Regulación de los tiempos de cada modalidad de contratación.
  • Dar prioridades a las Pymi, cooperativas y otras formas asociativas en las modalidades de selección de contratistas.
  • Modificación de los rangos cuantitativos de las unidades tributarias  para las modalidades de contratación.
  • Creación del compromiso de responsabilidad social.
  • Inclusión de los consejos comunales.


Objeto de la ley de Contrataciones Publicas

El objeto de la ley   consiste en regular la actividad del estado  para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras  y asegurar la transparencia de los órganos del estado.

 La Ley  de Contrataciones Públicas  No se limita a regular los procedimientos de selección de contratistas, sino que extiende sus objetivos hacia el fortalecimiento de la soberanía, el desarrollo de la capacidad productiva y la transparencia de actuación en materia de contrataciones públicas.
Esta Ley tiene una ventaja significativa para el ente contratante porque permite la selección inmediata del contratista, por cuanto se incorporó en la Modalidad de Contrataciones Directa todas aquellas situaciones de carácter excepcional, que de acuerdo a la experiencia en la administración pública, generaban retardos e incumplimientos recurrentes a los procesos licitatorios, además de promover la participación de las pequeñas y medianas industrias, cooperativas, así como las acciones que desarrollarán los Consejos Comunales, ya que son incluidos en su articulado para estimular desde la base poblacional el desarrollo económico y social de la Nación. Además de incentivar los aspectos relacionados con el compromiso de responsabilidad social y la satisfacción de las necesidades primarias de las comunidades.
Las disposiciones del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley se desarrollarán respetando los principios de economía, planificación, transparencia, honestidad, eficiencia, igualdad, competencia, publicidad y deberán promover la participación popular a través de cualquier forma asociativa de producción (Art. 2).

Contenido de los pliegos de contratación de la ley de Contrataciones Públicas

El pliego debe contener, al menos, determinación clara y precisa de:

  • Especificaciones técnicas detalladas.
  • Idioma de la manifestación de voluntad y ofertas, plazo de ejecución, lugar de presentación y validez de la oferta.
  • Moneda de las ofertas y tipo de conversión.
  • Plazo, lugar y autoridad competente para las aclaratorias.
  • Forma en que se corregirán los errores aritméticos.
  • Criterios de calificación, evaluación y sus ponderaciones.
  • Condiciones y requisitos de garantías
  • Compromiso de responsabilidad social (1 a 5%).





Referencia  Bibliográfica 

  • Decreto 5.929 con Rango, Valor y Fuerza de   Ley  de Contrataciones Públicas. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 39.165, marzo 25 de 2008.
  • Ley de Licitaciones Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 5.556, noviembre 13 de 2001.
  • Ley de Reforma Parcial del Decreto 6.092 con Rango, Valor y Fuerza de  Ley  de Contrataciones Públicas. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 39.165,  abril  24 de 2009.
  • Ley de Reforma Parcial de la Ley de Contrataciones Públicas. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 39.503,  septiembre 06 de 2010.

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